DERECHO AL DEPORTE DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, GARANTIZANDO LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

Autor: Mtro Oscar Edwin López Ziga

La Suprema Corte de Justicia abordo el derecho al deporte de las personas con discapacidad así como la importancia de garantizar su práctica en igualdad de condiciones con las demás personas.

Tanto las instituciones deportivas públicas como las privadas tienen la obligación de realizar ajustes razonables. Para asegurar la inclusión de las personas con discapacidad en las clases ordinarias.

En un caso presentado por los padres con un hijo con síndrome de Down, solicitaron a la institución deportiva que su hijo fuera inscrito en las clases ordinarias de natación, ya que era su deseo participar en ellas.

Sin embargo, la institución negó su solicitud y propuso que el niño permaneciera en clases adaptadas, con la opción de participar en las Olimpiadas Especiales, ante esta situación, los padres promovieron un juicio de amparo indirecto, el cual fue negado en primera instancia.

La Suprema Corte de Justicia estableció en su Primera Sala que las personas con discapacidad tienen derecho de ejercer el deporte en igualdad de condiciones con las demás personas, según su elección.

Por lo tanto, las instituciones deportivas, ya sean públicas o privadas. Tienen la responsabilidad de realizar ajustes razonables y brindar las medidas de apoyo necesarias para garantizar la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en cualquier actividad deportiva.

En México todas las personas tienen el derecho a la cultura física y a la del deporte, incluyendo las personas con discapacidad, esto está respaldado por el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 30, párrafo quinto de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad.

En ese contexto, cuando se requieran medidas diferenciadas para asegurar el ejercicio de los derechos al de las personas con discapacidad, incluido el derecho al deporte de las instituciones, deben de aplicarse ajustes razonables.

Estos ajustes consisten en modificaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida con el objetivo de garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones que las demás personas.

Si tienes un amigo o familiar que se encuentra en esta situación. Te comento que tienes derecho a practicar el deporte en igualdad de condiciones.

Si identificas las barreras así como respuestas negativas, expresa tu desacuerdo a la Institución Pública o Privada.

Ellos tienen la obligación de garantizarte tu derecho, a la igualdad, así como de tener instalaciones adecuadas para que practiques, cualquier deporte en igualdad de condiciones que tus demás compañeros.

Al llevar a cabo tu solicitud por escrito, asegúrate de tener tu acuse de recibo y darle seguimiento, si crees que es necesario realizar nuevas solicitudes, a diferentes autoridades de las instituciones públicas o privadas y al hacerlo no encuentras respuestas positivas, busca apoyo en las organizaciones o asociaciones.

Que defiendan los derechos de las personas que se encuentran discapacidad, procura tu derecho del deporte y la igualdad de condiciones.

Las instituciones públicas y privadas tienen la obligación de garantizar la igualdad de condiciones. A cualquier persona. Recuerda que el derecho al deporte, es fundamental para tu bienestar y desarrollo personal.

Tesis de jurisprudencia 139/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, Registro Digital 20277372, Undecima Epoca. Publicación 06 de octubre de 2023.

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